Concesiones de visados de residencia para atraer la cultura emprendedora

La Llei d’emprenedors estableix des de fa un parell d´anys una nova regulació per a supòsits específics d’entrada a Espanya de ciutadans estrangers extracomunitaris amb la finalitat d’atraure capital i ocupació al nostre país i fomentant la mobilitat internacional.

Des de l’aprovació de la Llei hi ha hagut un augment progressiu de tramitacions i concessions de visats de residència per atraure la cultura emprenedora, la inversió i el talent amb la finalitat d’afavorir la creació d’ocupació qualificada.

A la nova normativa es van preveure determinats supòsits amb la finalitat de facilitar i agilitzar la concessió de visats i autoritzacions de treball i residència, diferenciant les següents categories:

• INVERSORS
• EMPRENEDORS
• PROFESSIONALS ALTAMENT QUALIFICATS
• FORMACIÓ I+D+i
• TRASLLAT DINTRE DE L’EMPRESA

 

A continuació farem un breu recordatori dels diferents supòsits que es van regular ara fa un any, així com les seves avantatges i formalitats de tramitació:

INVERSORS: Els estrangers no residents que es proposin entrar en territori espanyol amb la finalitat de realitzar una inversió significativa de capital podran sol·licitar el visat d’estància, o en el seu cas, de residència per a inversors.

Quan estem davant d’una inversió significativa?
  1. Una inversió inicial per un valor igual o superior a 2 milions d’euros en títols de deute públic espanyol, o per un valor igual o superior a un milió d’euros en accions o participacions socials d’empreses espanyoles, o depòsits bancaris en entitats financeres espanyoles.
  2. L’adquisició de bens immobles a Espanya amb una inversió de valor igual o superior a 500.000 euros per cada sol·licitant.
  3. Un projecte empresarial que vagi a ser desenvolupat a Espanya i que sigui considerat i acreditat com d’interès general, atenent a determinades condicions com la laboral, el impacte socioeconòmic o la innovació.

EMPRENEDORS: Els estrangers podran sol·licitar un visat per entrar i estar a Espanya per un període d’un any amb la única finalitat o principal de realitzar els tràmits previs per poder desenvolupar una activitat emprenedora. 

La Ley de emprendedores establece desde hace un par de años una nueva regulación para supuestos específicos de entrada en España de ciudadanos extranjeros extracomunitarios con el fin de atraer capital y empleo en nuestro país y fomentando la movilidad internacional.

Desde la aprobación de la Ley ha habido un aumento progresivo de tramitaciones y concesiones de visados de residencia para atraer la cultura emprendedora, la inversión y el talento con el fin de favorecer la creación de empleo cualificado.

En la nueva normativa se previeron determinados supuestos con el fin de facilitar y agilizar la concesión de visados y autorizaciones de trabajo y residencia, diferenciando las siguientes categorías:

• INVERSORES
• EMPRENDEDORES
• PROFESIONALES ALTAMENTE CALIFICADOS
• FORMACIÓN I + D + i
• TRASLADO DENTRO DE LA EMPRESA

A continuación haremos un breve recordatorio de los diferentes supuestos que se regularon hace un año, así como sus ventajas y formalidades de tramitación:

INVERSORES Los extranjeros no residentes que se propongan entrar en territorio español con el fin de realizar una inversión significativa de capital podrán solicitar licitar el visado de estancia, o en su caso, de residencia para inversores.

Cuando estamos ante una inversión significativa?
  1. Una inversión inicial por un valor igual o superior a 2 millones de euros en títulos de deuda pública español, o por un valor igual o superior a un millón de euros en acciones o participaciones sociales de empresas españolas, o depósitos bancarios en entidades financieras españolas.
  2. La adquisición de bienes inmuebles en España con una inversión de valor igual o superior a 500.000 euros por cada solicitante.
  3. Un proyecto empresarial que vaya a ser desarrollado en España y que sea considerado y acreditado como de interés general, atendiendo a determinadas condiciones como la laboral, el impacto socioeconómico o la innovación.

EMPRENDEDORES Los extranjeros podrán solicitar un visado para entrar y estar en España por un periodo de un año con la única finalidad o principal de realizar los trámites previos para poder desarrollar una actividad emprendedora.
Se entenderá como actividad emprendedora aquella que sea de carácter innovador con especial interés económico para España y para ello la que tenga un informe favorable del órgano competente de la Administración General del Estado.

PROFESIONALES ALTAMENTE CALIFICADOS Podrán solicitar una autorización de residencia para profesionales altamente cualificados , que tendrán validez en todo el territorio nacional, las empresas que requieran la incorporación de profesionales extranjeros que se encuentren en alguno de los siguientes supuestos:

  1. Personal directivo o altamente cualificado de grandes empresas o grupos de empresas o PYMES en sectores estratégicos.
  2. Personal directivo o altamente cualificado de proyectos empresariales de interés general.
  3. Graduados, postgraduados de universidades y escuelas de negocios de reconocido prestigio

FORMACIÓN I + D + i Se facilita la entrada en España de extranjeros de fuera de la UE que deseen realizar actividades de formación e investigación , tanto en el ámbito público como en el ámbito privado. Está dirigida a los investigadores, personal científico y técnico, profesores de universidades y de escuelas de negocio.

TRASLADO DENTRO DE LA EMPRESA Se facilitan los desplazamientos de extranjeros en España en el marco de una relación laboral, profesional o de formación profesional con una empresa o grupo de empresas establecidas en España u otro país.

Dónde tramitarlo?

Para los visados: Consulados de España en el país de procedencia o residencia.
Para las autorizaciones de residencia: Unidad de Grandes Empresas-Colectivos Estratégicos

¿Qué beneficiarios adicionales existen?

• Autorizaciones de residencia válida para todo el territorio nacional
• Tramitación conjunta de la autorización y / o visado del cónyuge e hijos
• No se aplica la situación nacional de empleo
• Autorización única para residir y trabajar
• Presentación de la solicitud de autorización en cualquier registro público en España
• Agilidad en la tramitación:

o Visados resueltos y notificados en 10 días hábiles
o Autorizaciones de residencia resueltos en 20 días
o Los procedimientos de autorizaciones se centralizan en una ventanilla única: Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos

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