Permiso por nacimiento: la corresponsabilidad entre ambos progenitores

Sin duda, una de las grandes medidas del último Real Decreto 6/2019, de 1 de marzo de 2019, fue la creación de un nuevo permiso por nacimiento para ambos progenitores, que sustituyó los tradicionales permisos de maternidad y paternidad. Este nuevo permiso supondrá en 2021 la suspensión del contrato de trabajo durante 16 semanas para ambos progenitores. De esta manera se verán equiparados en duración los permisos por nacimiento, adopción, guarda preadoptiva o determinadas formas de acogida. Hay que diferenciar las siguientes situaciones:

  • Descanso para la madre biológica: se suspende el contrato de trabajo durante 16 semanas, de las que son obligatorias 6 ininterrumpidas con posterioridad al parto, que deben disfrutarse a jornada completa para proteger la salud de la madre. Así mismo, se puede anticipar su disfrute hasta las 4 semanas anteriores a la fecha prevista del parto.
  • Descanso para el otro progenitor que no sea la madre biológica:
    Desde el 1.1.20 hasta el 31.12.20: la duración es de 12 semanas, de las cuales las 4 primeras se deben disfrutar de manera ininterrumpida después del parto; la madre biológica puede ceder 2 semanas de su descanso no obligatorio al otro progenitor.
    Desde el 1.1.21 hasta el 31.12.21: la duración será de 16 semanas, de las cuales son obligatorias 6 semanas ininterrumpidas inmediatamente posteriores al parto, que deberán disfrutarse a jornada completa.

Una vez transcurridas las semanas obligatorias, la suspensión del contrato de cada uno de los progenitores para el cuidado del menor podrá distribuirse, según su voluntad, en periodos semanales a disfrutar de manera acumulada o ininterrumpida y ejercitarse desde la finalización de la suspensión obligatoria posterior al parto hasta que la hija o el hijo cumpla 12 meses, y se puede disfrutar a régimen de jornada completa o parcial, previo acuerdo entre la empresa y la persona trabajadora.

La equiparación en la duración y, en particular, la configuración del permiso como un derecho individual e intransferible y de ejercicio obligatorio para ambos progenitores es un elemento clave para promover la conciliación de la vida personal y familiar y avanzar hacia una verdadera corresponsabilidad entre ambos progenitores.

El periodo transitorio finalizará el próximo 1 de enero de 2021, cuando el permiso de nacimiento será de 16 semanas para ambos progenitores.

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