El registro de la jornada laboral; nuevo reto de las empresas

El pasado 12 de mayo entró en vigor la obligación contenida en el Capítulo III del Real Decreto 8/2019, de 8 de marzo, de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo, por la que todas las empresas están obligadas a establecer un sistema de registro diario de la jornada laboral. 

Esta nueva regulación pretende implementar en nuestra normativa medidas de lucha contra la precariedad en la jornada laboral, estableciendo un marco jurídico que permite que, tanto empresas como personas trabajadoras, tengan constancia del tiempo de trabajo efectivo y de sus prolongaciones, lo que incide de manera directa en la conciliación de la vida laboral y familiar, el salario y las cotizaciones de los profesionales.

Las empresas han contado únicamente con dos meses para aplicar esta medida desde la entrada en vigor del Real Decreto Ley, debiendo disponer desde el pasado 12 de mayo de los medios suficientes para cumplir con la obligación, lo que ha supuesto a las empresas un inevitable incremento de los costes. En comparación con las grandes compañías, la implantación de un sistema de registro horario en las micro, pequeñas y medianas empresas está suponiendo una gran inversión de esfuerzo pedagógico, de tiempo y de recursos económicos.

En este contexto, desde PIMEC, como patronal que representa y defiende los intereses de los autónomos y de las pymes de Catalunya, se ha puesto en marcha una plataforma online gratuita destinada a sus socios con el objetivo de facilitar el correcto cumplimiento de esta medida. Con esta herramienta, que es una aplicación tecnológica 100% Cloud, PIMEC da respuesta a las múltiples peticiones que desde la publicación de la nueva ley los empresarios han formulado a la patronal.

Es importante destacar que durante las distintas jornadas y formaciones sobre esta cuestión celebradas en la sede de PIMEC, desde Inspección de Trabajo y Seguridad Social se ha trasladado que, con esta medida, lo que se pretende no es proporcionar a la empresa nuevas medidas de control sobre la jornada laboral de las personas trabajadoras, sino dotar a éstas, así como a la propia Inspección de Trabajo y Seguridad Social, de los elementos que permitan detectar y acreditar la existencia de extralimitaciones horarias, así como la falta de pago y cotización de dichos excesos.

Por este motivo, todas las empresas deben ser conscientes de la importancia de la aplicación rigurosa y correcta de esta medida, estableciendo los sistemas de registro mediante la autorregulación (negociación y consulta), pero cumpliendo con los requisitos legalmente establecidos para dotarlos de validez.

Conscientes de las dificultades que muchas pymes han tenido a la hora de implantar un sistema de registro horario para cumplir la nueva ley, PIMEC continuará ayudando y asesorando a las empresas y seguirá planteando propuestas a la administración pública para que la regulación normativa tenga en cuenta las circunstancias y características propias de las micro, pequeñas y medianas empresas.

Guillem Àngeles
Abogado laboralista de PIMEC

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