{"id":14160,"date":"2018-05-11T12:30:33","date_gmt":"2018-05-11T10:30:33","guid":{"rendered":"https:\/\/www.pimealdia.org\/?p=14160\/"},"modified":"2018-05-10T16:03:58","modified_gmt":"2018-05-10T14:03:58","slug":"conoces-tus-obligaciones-materia-igualdad","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.pimealdia.org\/es\/conoces-tus-obligaciones-materia-igualdad\/","title":{"rendered":"\u00bfConoces tus obligaciones en materia de igualdad?"},"content":{"rendered":"<p>La igualdad entre hombres y mujeres es un principio jur\u00eddico universal reconocido por las normativas internas e internacionales; no obstante, diversas realidades nos demuestran que la igualdad total en todos los \u00e1mbitos a\u00fan no es un hecho.<\/p>\n<p>De acuerdo con la Ley 17\/2015, de 21 de julio, de igualdad efectiva de mujeres y hombres, y la Ley org\u00e1nica 3\/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, <strong>todas las empresas est\u00e1n obligadas<\/strong> a respetar la igualdad de trato y de oportunidades en el \u00e1mbito laboral y, con esta finalidad, tienen que <strong>adoptar medidas destinadas a evitar cualquier tipo de discriminaci\u00f3n laboral entre mujeres y hombres<\/strong>. En este sentido, deben elaborar y aplicar un plan de igualdad las empresas de m\u00e1s de 250 trabajadores, las empresas cuyo convenio colectivo as\u00ed lo establece y las empresas que est\u00e9n obligadas porque as\u00ed lo haya acordado la autoridad laboral. El resto est\u00e1n obligadas a promover medidas en materia de igualdad.<\/p>\n<p>As\u00ed mismo, <strong>todas las empresas est\u00e1n obligadas a adoptar medidas espec\u00edficas y a arbitrar procedimientos para prevenir y dar respuesta a las reclamaciones de acoso sexual y por raz\u00f3n de sexo<\/strong> (art\u00edculo 33 de la Ley 17\/2015, de 21 de julio, de igualdad efectiva de mujeres y hombres, y art\u00edculo 48 de la Ley org\u00e1nica 3\/2007, de 22 de marzo, por la igualdad efectiva de mujeres y hombres). Esto significa que <strong>todas las empresas, independientemente de su tama\u00f1o, han de tener un protocolo para prevenir y evitar situaciones de acoso<\/strong>. El incumplimiento de esta obligaci\u00f3n puede dar lugar a la imposici\u00f3n de sanciones por parte de la administraci\u00f3n competente.<\/p>\n<p>Los planes de igualdad forman parte del conjunto de actuaciones <strong>en favor de la igualdad entre g\u00e9neros y de la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres<\/strong>. Se consideran como una de las herramientas principales de intervenci\u00f3n <strong>para afrontar las desigualdades y discriminaciones que sufren las mujeres en los diferentes \u00e1mbitos sociales<\/strong>, no exclusivamente en el \u00e1mbito del trabajo.<\/p>\n<p><strong>Un plan de igualdad es un conjunto ordenado de medidas<\/strong>, adoptadas despu\u00e9s de llevar a cabo una diagnosis de situaci\u00f3n, que <strong>sirven para hacer efectiva la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en la empresa<\/strong>, eliminando cualquier tipo de discriminaci\u00f3n por raz\u00f3n de sexo. La diagnosis es la etapa crucial en el proceso de elaboraci\u00f3n de un plan de igualdad. Es el momento en que se analiza la situaci\u00f3n de las mujeres y los hombres dentro de la organizaci\u00f3n para detectar posibles elementos o procesos discriminatorios.<\/p>\n<p><strong>Los planes de igualdad deben incluir a todas las personas de la empresa <\/strong>y tienen que tratar las siguientes materias: acceso al empleo, clasificaci\u00f3n profesional, promoci\u00f3n y formaci\u00f3n, retribuciones, ordenaci\u00f3n del tiempo de trabajo para favorecer la conciliaci\u00f3n laboral personal y familiar, y prevenci\u00f3n del acoso sexual y del acoso por raz\u00f3n de sexo.<\/p>\n<p>Hay que poner de relieve la importancia que est\u00e1n adquiriendo los planes de igualdad en el \u00e1mbito de la contrataci\u00f3n p\u00fablica donde, cada vez m\u00e1s, el acceso a la contrataci\u00f3n de la Administraci\u00f3n requiere la implementaci\u00f3n de un plan de igualdad.<\/p>\n<p>Por esta raz\u00f3n os animamos a elaborar o revisar, en su caso, vuestras obligaciones en materia de igualdad con la finalidad de crear entornos de trabajo productivos, seguros y respetuosos para todas las personas y de combatir cualquier tipo de discriminaci\u00f3n.<\/p>\n<p>PIMEC, a trav\u00e9s del Departamento Jur\u00eddico, os ofrece soporte y asesoramiento t\u00e9cnico en el proceso de elaboraci\u00f3n e implantaci\u00f3n de medidas de igualdad.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La igualdad entre hombres y mujeres es un principio jur\u00eddico universal reconocido por las normativas internas e internacionales; no obstante, diversas realidades nos demuestran que la igualdad total en todos los \u00e1mbitos a\u00fan no es un hecho. 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