{"id":29306,"date":"2024-02-01T12:46:40","date_gmt":"2024-02-01T10:46:40","guid":{"rendered":"https:\/\/www.pimealdia.org\/?p=29306"},"modified":"2024-02-01T14:07:35","modified_gmt":"2024-02-01T12:07:35","slug":"como-afecta-a-tu-empresa-la-situacion-de-sequia-o-las-restricciones-por-este-motivo","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.pimealdia.org\/es\/como-afecta-a-tu-empresa-la-situacion-de-sequia-o-las-restricciones-por-este-motivo\/","title":{"rendered":"\u00bfQu\u00e9 medidas laborales se pueden aplicar en la empresa para hacer frente a la situaci\u00f3n de sequ\u00eda?"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: justify;\">Ante el estado de emergencia en el que nos encontramos a consecuencia de la situaci\u00f3n de sequ\u00eda y\/o con motivo de las medidas que el Gobierno de la Generalitat ha anunciado para hacer frente a sus efectos, tu empresa se puede ver afectada.<\/p>\n<p>Por eso, teniendo en cuenta que la situaci\u00f3n actual puede afectar a la actividad empresarial, a continuaci\u00f3n, os explicamos qu\u00e9 acciones pueden tomar las micro, peque\u00f1as y medianas empresas en el \u00e1mbito laboral.<\/p>\n<p><strong>Medidas que se podr\u00edan llegar a aplicar en la empresa para hacer frente a la situaci\u00f3n<\/strong>:<\/p>\n<p>1) <strong>Distribuci\u00f3n irregular de la jornada<\/strong>: En conformidad con el art\u00edculo 34.2 del Estatuto de los Trabajadores, mediante convenio colectivo o, en su defecto, por acuerdo entre la empresa y la representaci\u00f3n legal de las personas trabajadoras, se podr\u00e1 establecer una distribuci\u00f3n irregular de la jornada a lo largo del a\u00f1o. Habr\u00e1 que ver qu\u00e9 establece el convenio colectivo que resulte de aplicaci\u00f3n en la empresa. En defecto de pacto, la empresa puede distribuir de manera irregular a lo largo del a\u00f1o el 10% de la jornada de trabajo. Seg\u00fan el Estatuto de los Trabajadores, la persona trabajadora tiene que conocer el d\u00eda y la hora con un preaviso m\u00ednimo de 5 d\u00edas.<\/p>\n<p>2) <strong>ERTE por causas\u00a0ETOP<\/strong>\u00a0previsto en el art\u00edculo 47.1 del Estatuto de los Trabajadores. La empresa podr\u00e1 reducir temporalmente la jornada de trabajo de las personas trabajadoras o suspender temporalmente los contratos de trabajo por causas econ\u00f3micas, t\u00e9cnicas, organizativas o de producci\u00f3n de car\u00e1cter temporal.<\/p>\n<p>3) <strong>ERTE por causa derivada de fuerza mayor temporal<\/strong>. Hay dos procedimientos, el ERTE por fuerza mayor\u00a0 (arte. 47.5 TE) en este caso por causas relacionadas con la situaci\u00f3n de sequ\u00eda o el ERTE cuando la fuerza mayor es determinada por impedimentos o limitaciones en la actividad normalizada de la empresa que sean consecuencia de decisiones adoptadas por la autoridad p\u00fablica competente, incluso aquellas orientadas a la protecci\u00f3n de la salud p\u00fablica (arte. 47.6 TE), en este caso por impedimentos o limitaciones a la actividad por decisiones de autoridades p\u00fablicas relativas a la sequ\u00eda.<\/p>\n<p>4) Por otro lado, existe el <strong>Mecanismo\u00a0RED<\/strong> de flexibilidad y estabilizaci\u00f3n de la ocupaci\u00f3n que es un instrumento de flexibilidad y estabilizaci\u00f3n del empleo que, una vez activado por el Consejo de Ministros, permite a las empresas la solicitud de medidas de reducci\u00f3n de jornada y suspensi\u00f3n de contratos de trabajo (arte. 47 bis). Sin embargo, el mecanismo no ha sido activado.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Ante el estado de emergencia en el que nos encontramos a consecuencia de la situaci\u00f3n de sequ\u00eda y\/o con motivo de las medidas que el Gobierno de la Generalitat ha anunciado para hacer frente a sus efectos, tu empresa se puede ver afectada. Por eso, teniendo en cuenta que la situaci\u00f3n actual puede afectar a la actividad empresarial, a continuaci\u00f3n, os explicamos qu\u00e9 acciones pueden tomar las micro, peque\u00f1as y medianas empresas en el \u00e1mbito laboral. 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