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Ya puedes pedir que Hacienda te avise de las notificaciones

Las alertas por medios tradicionales, una medida reclamada por PIMEC ante la inseguridad de las notificaciones de la AEAT

Un problema con el que a veces se encuentran las empresas es que Hacienda les envía una notificación pero ésta no se conoce con suficiente antelación como para actuar en consideración. Esto puede conllevar recargos, intereses de demora u otros perjuicios para los contribuyentes a pesar de actuar de buena fe, por desconocimiento.

Para corregir esta situación, la Agencia Española de Administración Tributaria ha implementado un servicio en la línea de lo que PIMEC había pedido en varias ocasiones: un mecanismo de alerta que permita a las empresas conocer estas notificaciones.

Principales características del serve de alertas

De acuerdo con la artículo 41 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas , tanto las personas físicas como las jurídicas pueden comunicar a Hacienda un número de teléfono móvil o una dirección de correo electrónico a través de las que poder recibir avisos de las notificaciones emitidas por la AEAT. Hay que tener en cuenta, sin embargo, que quests avisos no tendrán consideración de notificación en ningún caso.

Como ya comentábamos en un anterior artículo , se prioriza la comunicación por medios electrónicos con la Administración pública. Por este motivo, en el caso de las personas jurídicas, la alerta informará de la existencia de una notificación pendiente en la Dirección Electrónica Habilitada (DEH), mientras que en el caso de las personas físicas la notificación se enviará en papel pesar se pueda acceder a través de la sede electrónica.

El servicio plenteja algunas limitaciones, como el hecho de que cuando, por motivos técnicos, no sea posible realizar el aviso, la notificación seguirá siendo completamente válida, lo que reduce la bondad del sistema.

Las personas físicas y jurídicas pueden identificar un dispositivo electrónico y / o una dirección de correo electrónico que sirva para el envío de avisos, pero no para las notificaciones. Este servicio es voluntario y se debe pedir a la AEAT .

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