Entrevista original de la FEFAC reproducida con autorización del autor.
La presidenta de Autònoms PIMEC, Elisabet Bach, nos explica los aspectos más destacados del nuevo sistema de cotización para personas autónomas.
¿Cuál es la principal novedad que introduce el nuevo sistema de cotización para personas autónomas en la Seguridad Social?
Hasta el año 2022, la persona autónoma podía elegir libremente su base de cotización entre un mínimo y un máximo ya establecidos. Por tanto, el autónomo o autónoma podía decidir cuál era el importe a pagar a la Seguridad Social. Con el nuevo sistema de cotización a la Seguridad Social se introduce un nuevo concepto: el rendimiento neto. Cada franja de rendimiento neto tiene un mínimo y un máximo de cotización y, por tanto, rompe la libre opción de bases de cotización.
¿Cómo podemos calcular nuestro rendimiento neto mensual a pagar para elegir la base de cotización?
Para calcular el rendimiento neto mensual, es necesario restar los gastos deducibles de los ingresos anuales. A continuación, hay que sumar las cuotas de cotización a la Seguridad Social y del resultado obtenido debe restarse un 7%. De esta forma, alcanzamos el rendimiento neto. Al tratarse de un importe anual, se divide entre 365 y se multiplica por 30 para obtener el rendimiento neto mensual, que debe ubicarse dentro de la tabla.
Cabe destacar que, al ser una reforma profunda que cambia sustancialmente el planteamiento, se ha establecido un período transitorio que va desde el año 2023 hasta 2025 durante el cual se empleará una tabla diferenciada para cada año, con los tramos de rendimientos netos y los correspondientes máximos y mínimos de cotización.
¿Qué ocurre con las sociedades, cómo calculan los rendimientos?
Cada socio o socia calcula su rendimiento neto y lo hace en función de la nómina que recibe de la sociedad. En caso de que tenga una situación de dominio dentro de la misma, es necesario que sume también otros rendimientos vinculados a la sociedad. Además, hay que sumar también las cuotas de autónomos de la Seguridad Social y, a este resultado, hay que restarle un 3% -en lugar del 7%-. Por último, se divide entre 365 y se multiplica por 30.
Si mis rendimientos varían a lo largo del año, ¿cómo ajusto la cotización? ¿Cuántas veces podré ajustarla?
A lo largo del año se van realizando las cotizaciones para que al final de éste el autónomo o autónoma haya cotizado dentro de la franja que le corresponde teniendo en cuenta su rendimiento neto.
La persona puede tomar una actitud proactiva y realizar seguimiento de sus rendimientos netos. En este caso, la Seguridad Social establece seis momentos al año en los que pueden variarse las cotizaciones, de acuerdo con los rendimientos netos anuales esperados. También puede tener una actitud pasiva y no realizar ningún ajuste. En este segundo caso, será la Seguridad Social la que informará al usuario de si ha cotizado de más o de menos y aplicará la regularización durante el año siguiente al de la cotización.
¿Qué ocurre si vamos cotizando por una base superior a la que nos corresponde por nuestros rendimientos? ¿Y si vamos cotizando por una base inferior?
Durante el año las personas autónomas van cotizando y es con la declaración de la renta -recordemos que se presenta al año siguiente- que se comprobará si ha cotizado de más o de menos. En caso de que haya cotizado de menos, la Seguridad Social emitirá una regularización y se deberá ingresar la diferencia. En caso de que haya cotizado de más, la Seguridad Social emitirá una regularización y le devolverá la diferencia. Sólo podrá cotizar por una base superior si esa persona ya la cotizaba a 31 de diciembre de 2022.
¿Cuánto tiempo tendremos para abonar la diferencia si cotizábamos menos? Si la Tesorería debe devolvernos el dinero, ¿cuánto tardarán?
Si el autónomo o autónoma ha cotizado menos de lo que le corresponde, tendrá un mes para abonar la diferencia desde la recepción de la notificación de regularización. Por lo contrario, en caso de que se le devuelva dinero, la Tesorería tiene hasta el mes de abril del año siguiente al de la emisión de la regularización para realizar el abono.
¿Cuál es el consejo que nos dan desde Autònoms PIMEC?
Desde Autònoms PIMEC recomendamos que las personas autónomas hagan el seguimiento de sus ingresos y gastos y adopten una actitud proactiva. De esta forma, podrán ver si lo que están cotizando se ajusta a lo que se establece en su franja de rendimientos netos y, en caso que no sea así, pueden realizar cambios para evitar pagar en una regularización posterior o avanzar dinero de cotización.
¿Está disponible alguna herramienta para simular nuestra cuota?
En PIMEC hemos puesto a disposición de todos los autónomos y autónomas una calculadora para realizar los cálculos más básicos y favorecer así que se pueda comprobar con facilidad si se está cotizando según su franja correspondiente.
El enlace a la calculadora es el siguiente: www.pimec.org/ca/calculadora-autonoms
*Esta entrevista ofrece respuestas generales, sin profundizar ni entrar a valorar las diferentes casuísticas que se pueden producir en los distintos tramos de cotización al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.