Los emprendedores extranjeros pueden beneficiarse del régimen de residencia para emprendedores

La Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGE-CE) nació en el año 2007 mediante un Acuerdo del Consejo de Ministros, por dar una respuesta ágil y asesoramiento experto a las necesidades planteadas por empresas y organismos que tengan que llevar a España personal no comunitario de especiales características.

La unidad se ocupa de la tramitación de las autorizaciones de residencia previstas en la Ley 14/2013 de 27 de septiembre , de apoyo a los emprendedores y su internacionalización.

Facilita la entrada y permanencia en España por razones de interés económico en:

  •  Inversores
  • Emprendedores
  • Profesionales altamente cualificados
  • Investigadores
  • Trabajadores que realicen movimientos dentro de la misma empresa
  • Grupo de empresa
  • Familiares de los supuestos anteriores

La inversió estrangera a Catalunya

Un emprendedor extranjero que realiza una actividad emprendedora y empresarial, de carácter innovador, y con especial interés económico para España puede beneficiarse del régimen de residencia para emprendedores

Existen dos vías:

  • Un visado , si el emprendedor está fuera de España y necesita entrar en el país a realizar todos los trámites para poder iniciar la actividad emprendedora
  • Una autorización , si el emprendedor está en España y puede iniciar el proyecto

Concessions de visats de residència per atraure la cultura emprenedora

No existen mínimos de inversión ni de creación de empleo. Se realiza un análisis individual de cada proyecto . Se debe presentar un plan de negocio del proyecto, el cual permitirá valorar el interés económico para España.

El visado tendrá una duración de un año y la autorización inicial de dos años

El proyecto será valorado por la Dirección General de Comercio Internacional e Inversiones.

Valoraciones a tener en cuenta:

  • Perfil profesional : formación y experiencia profesional
  • Plan de negocio , el cual deberá tener al menos una descripción detallada del proyecto, descripción del producto o servicio, análisis del mercado y financiación
  • El valor añadido para la economía española

Documentación a presentar:

  • Pasaporte
  • Seguro médico pública o privada con entidad que opere en España
  • Certificado de antecedentes penales
  • Acreditación de medios económicos, en el supuesto de visado informe favorable emitido por la Oficina Económica y Comercial de la embajada de España del ámbito de la demarcación geográfica donde resida el extranjero y por supuesto de autorización plan de negocio

Los familiares del emprendedor extranjero podrán solicitar en cualquier momento, de manera conjunta o sucesiva, la autorización y/o el visado

El visado y autorización son válidos para trabajar y residir en todo el territorio nacional , incluidos los familiares si tienen la edad de trabajar. Los plazos de resolución son rápidos, diez días visados ??y treinta días aproximados autorizaciones.

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