El 8 de marzo celebramos el día de las mujeres y una de las reivindicaciones históricas de nuestro sexo es la igualdad salarial ante algunos casos de brecha entre los sueldos de hombres y mujeres que desarrollan las mismas funciones dentro de una empresa, pero que reciben diferentes retribuciones.
El Real Decreto 6/2019, de 1 de marzo, de igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres en el trabajo y el empleo, introdujo la obligación de llevar un registro de valores de los salarios, de los complementos salariales y de las percepciones extrasalariales, disgregado por sexos y distribuido por grupos profesionales, categorías profesionales o puestos de trabajo iguales o de igual valor para todas las empresas, independientemente del número de personas trabajadoras de cada plantilla o del porcentaje de mujeres y hombres que la componen.
Teniendo en cuenta que el registro salarial es un registro cuantitativo, no nominativo, en las empresas de más de 50 personas trabajadoras habrá una presunción de discriminación cuando exista una diferencia del conjunto de la masa salarial media de un 25% o más, diferencia que deberá justificarse.
Hay que destacar que las personas trabajadoras tienen derecho a acceder al registro salarial de su empresa a través de la representación legal de las personas trabajadoras. Por ello, es recomendable que las empresas actualicen este registro de forma anual y cuando se produzcan cambios significativos en la estructura retributiva.
El objetivo final de este registro salarial debe ser reducir las diferencias de género en la retribución, incorporando sistemas para compartir, de manera transparente, el estado de la cuestión en las empresas y organizaciones. De esta forma, podemos decir que el registro salarial es una oportunidad para impulsar un debate interno en las empresas sobre las razones que originan las brechas salariales entre mujeres y hombres y para promover iniciativas para reducirla.
Una nueva herramienta de registro salarial
La herramienta de registro salarial confeccionada por la Dirección General de Igualdad del Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias de la Generalitat de Catalunya ofrece a las empresas y organizaciones un recurso útil, práctico y de fácil uso que permite dar cumplimiento al citado Real decreto-ley y, a su vez, avanzar hacia un modelo de trabajo libre de discriminaciones, directas o indirectas, por razón de sexo.