Las pymes y las personas autónomas destinan una parte importante de sus esfuerzos a tejer redes y relaciones para poder salir adelante en sus negocios. Estas relaciones se construyen tanto hacia afuera, con clientes, proveedores, la Administración Pública, entidades bancarias, aseguradoras, colaboradores…, como hacia adentro, entre los mismos socios y socias –a menudo unidos por un vínculo familiar- como con las personas trabajadoras y equipos directivos.
Las personas que están al frente de un negocio afrontan decisiones estratégicas, comerciales, de gestión, de administración –y de todo tipo– con el objetivo de mantener la competitividad o de poder crecer en su mercado, y esto provoca desavenencias que, a veces, tienen una difícil resolución; e incluso pueden comportar costes, no solo económicos, sino también de impacto reputacional o de desgaste a nivel interno y externo.
No es extraño, pues, que en el ámbito empresarial haya aumentado considerablemente el interés por la mediación, que tiene como principales atractivos ser un mecanismo de resolución del conflicto que se ofrece a las partes para el control del procedimiento a que se somete la controversia y de su resultado.
Es una herramienta con más tradición en el mundo anglosajón, a pesar de que también hay una firme voluntad desde la Unión Europea de difundir su utilización. Además, es valorada desde el ámbito de la responsabilidad social corporativa como una herramienta que contribuye a la sostenibilidad y a la ODS 16 de Paz, Justicia e instituciones sólidas.
En resumen, la mediación es un sistema de resolución de conflictos que tiene por objetivo ayudar a las partes a encontrar una solución total o parcial de la controversia que les separa, a través de un proceso voluntario, que las partes acuerdan someter una disputa, y que consiste en la intervención de una persona mediadora, que es un tercero neutral e imparcial que permite facilitar la comunicación y el diálogo, sin que las partes pierdan el poder.
El carácter voluntario significa que no se puede imponer una decisión a las partes, dado que para llegar a una solución aquellas lo tienen que aceptar. En este sentido, la continuación del procedimiento de mediación después de la primera reunión depende del hecho de que las partes sigan aceptándolo. La mediación es un procedimiento confidencial, hecho que garantiza a las partes que las declaraciones, propuestas u ofertas de solución no podrán ser difundidas.
Por todo esto, PIMEC ha creado una guía con el objetivo de acercar a las pymes y a las personas autónomas la mediación y la resolución alternativa de conflictos. Queremos impulsar su utilización, explicando las principales características y ventajas para continuar ayudando a las empresas a crecer y mejorar su competitividad, viabilidad y productividad.
Emma Gumbert – Vicepresidenta de PIMEC