Difundimos los beneficios de la mediación para las pymes

Dentro de su actividad, los empresarios y las empresarias afrontan decisiones estratégicas, comerciales, de gestión, de administración…, lo que puede provocar desavenencias. Estas desavenencias, a veces, tienen una difícil resolución e incluso?pueden comportar costes, no solo económicos, sino también de impacto reputacional o de desgaste a nivel interno y externo. No es extraño, pues, que en el ámbito empresarial haya aumentado considerablemente el interés por la mediación, que tiene como principales atractivos ser un?mecanismo de resolución del conflicto?que se ofrece a las partes para el control del procedimiento a que se somete la controversia y su resultado.

Es una herramienta con más tradición en el mundo anglosajón, pero?desde la Unión Europea hay una firme voluntad de difundir su utilización.

La vicepresidenta de PIMEC, Emma Gumbert, es abogada laboralista, mediadora en organizaciones y empresaria. Gracias a su experiencia en este ámbito puede confirmar que la mediación “ayuda a las partes a encontrar una solución total o parcial, a través de un proceso voluntario, que acuerdan someter a disputa, y que consiste en la intervención de una?persona mediadora, que es neutral e imparcial y facilita el diálogo, sin que las partes pierdan el poder”. Así mismo, constata que se trata de un procedimiento voluntario y confidencial, que garantiza a las partes que las declaraciones, propuestas u ofertas de solución no podrán ser difundidas.

A modo de ejemplo, el mediador Manel Canyameres explica cómo la mediación puede ayudar a la empresa familiar: “Facilita la comunicación cuando esta no es bastante transparente y constructiva y provoca divergencias y confusiones que derivan en conflictos que la mediación permite desbloquear”. También, asegura que la mayoría de conflictos son fruto de la combinación del vínculo con la empresa y las relaciones familiares, y que el de la sucesión o traspaso generacional es el más complejo y de mayor trascendencia por los efectos que puede comportar.

Por otro lado, Imma Barral es directora general de Der, Entidades Jurídicas y Mediación, Consellería de Justicia y Memoria Democrática. Nos comenta que, “en el caso de las pymes, el componente personal y la proximidad de las partes en relación con el conflicto es superior que en las grandes empresas, donde los roles son más objetivos”. Por eso, considera que hay que buscar una forma de resolver los conflictos que tenga presente estas peculiaridades. También expone que –por las características antes mencionadas– el recurso en los tribunales puede ser una vía para resolver este tipo de conflicto: “El tiempo invertido en su solución puede ser excesivo. De hecho, cuando se apruebe el Proyecto de Ley Orgánica de eficiencia organizativa del Servicio Público de la Justicia, habrá que acreditar que se ha intentado una mediación o un procedimiento alternativo de resolución de conflictos antes de presentar una demanda civil o mercantil, en la gran mayoría de los casos”.

En definitiva, se puede decir que empieza a cuajar la idea que tomar parte activa en la resolución de los conflictos y hacerlo conversando con la otra parte aporta beneficios indudables para las pymes. Los conflictos son inevitables, pero la forma cómo se gestionan y se resuelven depende de nosotros, también en relación con nuestras empresas.

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