¿Cuáles son las obligaciones lingüísticas de las empresas?

¿Está el comercio obligado a rotular en catalán? ¿El consumidor tiene derecho a ser atendido en catalán? Todas las empresas tiene que cumplir con la Ley de Política Lingüística? La respuesta a todas estas cuestiones, que a menudo se formulan las empresas, es afirmativa.

La Ley de Política Lingüística se dirige a las empresas y establecimientos dedicados a la venta de productos o a la prestación de servicios que desarrollan su actividad en Cataluña, sin excepción, y aunque tengan los servicios organizados desde fuera. Por lo tanto, absolutamente todas las empresas tienen que cumplir con la normativa, que establece unas obligaciones en materia de rotulación, atención a los clientes y usuarios, oferta de servicios y documentación.

Así pues, ¿qué tiene que tener en cuenta la empresa para cumplir con la Ley de Política Lingüística?

  • Tienen que poder atender los clientes tanto si hablan en catalán como en castellano, o en aranés en la Valle de Aran.
  • Tienen que tener los letreros fijos al menos en catalán.
  • Tienen que tener los documentos de oferta de servicios al menos en catalán y que las empresas que subscriben con los clientes contratas de los llamados de adhesión, normats, con cláusulas tipos o con condiciones generales, los tienen que tener disponibles en ejemplares separados, en catalán y en castellano.

Por otro lado, hay que tener en cuenta también el Código de consumo de Cataluña. Esta ley fija que las persones consumidoras tienen derecho, de acuerdo con el que establecen el Estatuto de autonomía y la legislación aplicable en materia lingüística, a ser atendidas oralmente y por escrito en la lengua oficial que escojan.

En este sentido, las persones consumidoras tienen derecho a recibir en catalán:

  • Las invitaciones a comprar, la información de carácter fijo, la documentación contractual, los presupuestos, los resguardos de depósito, las facturas y los otros documentos que hagan referencia o que deriven.
  • Las informaciones necesarias para el consumo, el uso y el manejo adecuados de los bienes y servicios, de acuerdo con sus características, con independencia del medio, formato o apoyo utilizado, y, especialmente, los datos obligatorios relacionados directamente con la salvaguarda de la salud y la seguridad.
  • Los contratos de adhesión, los contratos con cláusulas tipos, los contratos normats, las condiciones generales y la documentación que haga referencia o que derive de la realización de alguno de estos contratos.

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