Deducciones fiscales por actividades de Investigación y Desarrollo de hasta un 59%

Las deducciones fiscales por I + D + i e IT (Innovación Tecnológica) fueron introducidas por el Gobierno en España para fomentar el cambio de modelo productivo y la mejora de la competitividad a través de la innovación.

Las deducciones fiscales por actividades de Investigación y Desarrollo e Innovación Tecnológica, reflejadas en el Artículo 35 del TRLIS, son las ayudas más potentes en el marco fiscal de la OCDE.

Permiten recuperar hasta el 59% de los gastos incurridos en I + D + i (horas de personal, prototipos, subcontrataciones, amortizaciones …) y un 12% de la inversión realizada en Innovación Tecnológica.

La Ley de Emprendedores 14/2013 establece la posibilidad de aplicar las deducciones por I + D + i sin limitación en la cuota íntegra del impuesto de sociedades, e incluso, aquellas empresas sin beneficio pueden monetizar el 80% de las deducciones calculadas en cash directo.

Pago fraccionado del impuesto de sociedades

Con la aprobación del Real Decreto Ley 2/2016, de 30 de septiembre de 2016, por el que se introducen medidas tributarias dirigidas a la reducción del déficit público ; el gobierno en funciones ha modificado los pagos fraccionados del Impuesto sobre sociedad para reducir el déficit público.

PIMEC ya ha manifestado su rechazo a la medida al considerarla desproporcionada y porque afecta a un número elevado de pymes , sin capacidad financiera suficiente como para afrontar unos pagos sobrevenidos y sin margen de maniobra para la inmediata aplicación.

Medidas como estas, hacen más que nunca que la empresa tenga que optimizar al máximo sus recursos para hacer frente a gastos ajenos a su actividad. Es por ello, que las deducciones por I + D + i son un elemento muy importante a ser tratado para las empresas.

¿Qué aportan estas deducciones fiscales por I + D + i en tu empresa?

  • Efecto financiero inmediato sobre el resultado neto y los fondos propios.
  • Posibilidad de reducir el Impuesto de Sociedades y acumular un crédito fiscal de hasta 18 años.

Es por ello que desde PIMEC gestionamos íntegramente estas desgravaciones fiscales a nuestros socios para las actividades relacionadas con la I + D y Innovación Tecnológica, y les damos la máxima seguridad jurídica gracias a la experiencia de nuestros especialistas para no tener problemas con el aumento de inspecciones de los últimos años en las empresas.

Y ¿vosotros? ¿Tiene la máxima seguridad fiscal de sus deducciones por I + D + i?

Jordi Turu, consultor Departamento de consultoría y financiación de PIMEC

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