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¿Cómo puedo contratar un solicitante de asilo?

Los actuales conflictos de África y Oriente Medio y las graves crisis como las de Venezuela o América Central han provocado movimientos de población sin precedentes en la historia moderna, al menos en lo que se refiere al volumen de personas desplazadas forzosamente. Estas personas nos llegan en busca de trabajo, por lo que queremos hablar de cómo podemos contratar un solicitante de asilo.

Se habla de una cifra superior a 65 millones de refugiados y desplazados internos en todo el mundo

Hay que poner de relieve, la firma de la Declaración de Nueva York de Refugiados y migrados de septiembre de 2016 en la que 193 Estados miembros de la ONU renovaron su compromiso con la protección de los refugiados con la fin de conseguir un reparto colectivo y equilibrado de la responsabilidad sobre las personas refugiadas entre países y el desarrollo de un Pacto Mundial respecto la cuestión en 2018.

Las condiciones necesarias para ser reconocida como persona refugiada (que es el objetivo de toda persona solicitante de asilo) implica que quien solicita asilo debe haber abandonado su país de origen por sufrir un miedo, fundamentada, de ser perseguida debido a la raza, religión, nacionalidad, opiniones políticas, pertenencia a determinado grupo social, de género u orientación sexual.

La principal diferencia entre solicitantes de asilo e inmigrantes económicos se fundamenta en la voluntariedad o no de su proyecto migratorio. La persona que solicita asilo se ve obligada a huir de su entorno de vida habitual porque su vida o libertad corren peligro , por lo que es necesario dotarle de protección dentro del ámbito internacional.

Las personas solicitantes de asilo están autorizadas a trabajar, de forma automática sin necesidad de realizar ningún trámite adicional, a partir de los 6 meses desde la fecha que se presentó la solicitud y ser admitida a trámite, y están documentados con la “tarjeta amarilla” vigente. Es muy sencillo de identificar ya que en la propia tarjeta consta la frase “autoriza a trabajar”. No existe ningún tipo de restricción ni en el sector de actividad ni en el ámbito geográfico.

Las personas con otras medidas de protección internacional tienen su propia acreditación que les permite trabajar y residir en España durante un año, con posibilidad de renovar.

Las personas refugiadas están autorizadas a trabajar renovando cada 5 años su permiso

Datos obtenidos de Eurostat y del Ministerio del Interior

A continuación hacemos un breve recopilación de datos obtenidos de Eurostat y del Ministerio del Interior:

• Los solicitantes de asilo en España se han triplicado en 10 años, concretamente en el año 2016 se presentaron 15.755 solicitudes.
• Un 60% de los solicitantes son hombres y un 40% mujeres
• El país con un mayor número de solicitantes de protección internacional en la Unión Europea fue Alemania con 745.265 solicitudes
• En el año 2016 en España tuvieron un 67% de resoluciones favorables, y un 33% de resoluciones desfavorables, tuvieron un total de 10.250 resoluciones.
• El país con un mayor número de resoluciones en Europa fue Alemania con 631.180 resoluciones, siendo favorables un 69%.
• El gran grueso de solicitantes de protección internacional en España son nacionales de Venezuela, Siria y Ucrania.

Finalmente, poner de manifiesto que de acuerdo con el mundo globalizado en el que vivimos las empresas necesitamos personas que aporten nuevas experiencias y conocimientos. La diversidad de personas en una empresa aumenta su nivel de competitividad  y en muchas ocasiones les facilita el acceso a nuevos mercados .

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