En el Real Decreto 742/2016 de 30 de diciembre , se establecen las cuantías que deberán regir a partir del 1 de enero de 2017, es decir la cuantía del salario mínimo interprofesional, tanto por los trabajadores fijos como para los eventuales o temporeros, así como por el personal al servicio del hogar familiar.
Las cuantías para el año 2017 suponen un incremento del 8% respecto a las del año 2016, como consecuencia de la mejora de las condiciones generales de la economía y favoreciendo , de forma equilibrada, su competitividad
Cuantías que establecen
Salario Mínimo Interprofesional (SMI) para cualquier actividad en la agricultura, en la industria y en los servicios
salario mínimo Interprofesional (SMI) para cualquier actividad en la agricultura, en la industria y en los servicio es de 707,70 euros/mes o 23,59 euros/día, según que el salario está fijado por días o por meses y teniendo en cuenta que el SMI en cómputo anual en ningún caso podrá ser inferior a 9.907,80 euros.
Esta cuantía computa únicamente la retribución en dinero sin que el salario en especie pueda en ningún caso dar lugar a la minoración de la cuantía integra
Sin embargo, este salario se entiende referido a la jornada legal de trabajo en cada actividad, sin incluir en el caso del salario diario la parte proporcional de los domingos y festivos. Si se realiza jornada inferior respecto de la jornada completa, el salario mínimo aplicable se determina a prorrata.
Trabajadores eventuales y temporeros cuyos servicios a una misma empresa no excedan de 120 días
Los trabajadores eventuales y temporeros cuyos servicios a una misma empresa no excedan de 120 días percibirán, conjuntamente con el SMI mencionado, la parte proporcional de la retribución de los domingos y festivos, así como de las dos gratificaciones extraordinarias correspondientes al salario de 30 días cada una de ellas, sin que en ningún caso, la cuantía del salario profesional pueda resultar inferior a 33,51 euros por jornada legal en la actividad.
SMI de los empleados del hogar que trabajen por horas
El Salario Mínimo Interprofesional de los empleados del hogar es de 5,54 euros por hora efectivamente trabajada.
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